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Un tribunal europeo da la razón a una mujer acusada por su marido de negarse a mantener relaciones sexuales
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dio la razón el jueves a una mujer francesa de 69 años cuyo marido obtuvo el divorcio alegando que ella había dejado de mantener relaciones sexuales con él.
La corte falló en contra de Francia, estimando que una mujer que se niega a tener relaciones íntimas con su marido no debía ser considerada "culpable" por los tribunales en caso de divorcio.
"El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó por unanimidad que se había producido violación del Artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos", según un comunicado.
El tribunal identificó a la mujer como H.W., residente en Chesnay, en las afueras de París.
La demandante no se quejaba del divorcio, que también había solicitado, sino de los motivos por los que se le había concedido, señaló la corte, con sede en Estrasburgo.
Cualquier concepto de deberes conyugales debe tener en cuenta el "consentimiento" como base de las relaciones sexuales, según el texto publicado por la corte europea.
"El tribunal concluye que la existencia misma de tal obligación matrimonial es contraria a la libertad sexual, al derecho a controlar el propio cuerpo", agrega.
La mujer y J.C. se casaron en 1984 y tuvieron cuatro hijos, incluyendo una hija con discapacidad que requiere la presencia constante de un familiar, papel que cumplió la madre.
Las relaciones en la pareja se deterioraron después del nacimiento del primer hijo. La mujer empezó a tener problemas de salud en 1992.
En 2002, su marido empezó a abusar física y verbalmente de ella, según la corte. Dos años después, la mujer dejó de mantener relaciones sexuales con él y en 2012 pidió el divorcio.
En 2019, el tribunal de apelación de Versalles concedió el divorcio desestimando las quejas de la mujer y pronunciándose a favor de su marido. Luego que otra corte desestimara un recurso, la mujer apeló en 2021 al TEDH.
K.Sutter--VB